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martes, 25 de enero de 2022

Nº20. Diagnósticos reconocidos como enfermedades profesionales por el ministerio de trabajo y previsión social

 

Dedos en Gatillo, Tendinitis de extensores de la muñeca y mano, y de flexores de la muñeca y mano, Tenosinovitis De Quervain, Síndrome del túnel Carpiano, Epitrocleitis, Epicondilitis, Tendinitis del manguito de los rotadores, Tendinitis Bicipital y Bursitis Subacromial.


PROTOCOLO DE PATOLOGÍAS MÚSCULO-ESQUELÉTICAS DE EXTREMIDAD SUPERIOR (MEES)


Esta vez, hablaremos de las patologías que sufren los trabajadores en sus extremidades superiores debido a el esfuerzo físico que le ha exigido la vida laboral, como hemos dicho tantas veces, una patología músculo-esquelética es un problema que se densifica en un largo periodo de tiempo, y depende de cada persona, puede presentarse en meses o años, ya que ocurre a través de la acumulación de estrés articular en músculos, tendones y/o ligamentos al ejecutar por un largo periodo de tiempo las tareas laborales que le demanda su trabajo, y estas reciben el nombre de enfermedades profesionales


Existe un grupo de lesiones o enfermedades profesionales que están reconocidas como tal, por el ministerio de trabajo y previsión social, y para eso, debe seguirse un protocolo que las regula en su calificación como patología. PATOLOGÍA (enfermedad física o mental que padece una persona)


Aquí presentaremos el protocolo y las patologías reconocidas como enfermedad profesional.


Todo esto de acuerdo al Compendio de Normas del Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales; por lo que tiene directa relación con la publicación de la semana pasada enfermedades profesionales y consecuencias para el empleador, también te aportaremos los diagnósticos médicos de cada una de las patologías aquí nombradas.



LIBRO III. DENUNCIA, CALIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE INCAPACIDADES PERMANENTES

TÍTULO III. Calificación de enfermedades profesionales


A. Protocolo General (No abordado)

B. Protocolo de patologías músculo esqueléticas de extremidad superior (MEES)


CAPÍTULO I.
Aspectos Generales

Conforme a lo establecido en el Decreto Supremo Nº109, de 1968, del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, se consideran como enfermedad profesional, las lesiones de los órganos del movimiento, incluyendo trastornos de la circulación y sensibilidad, así como lesiones del sistema nervioso periférico, causadas de manera directa por agentes de riesgo específicos tales como, movimiento, vibración, fricción y compresión continuos, a los que se ve expuesto el trabajador en el desempeño de su quehacer laboral. Dicho decreto establece además que estas enfermedades pueden causar incapacidad temporal o incapacidad permanente.



1. Definiciones operacionales

Patología músculo esquelética como consecuencia de exposición a agentes de riesgo.

Corresponde a una alteración de las unidades músculo-tendinosas, de los nervios periféricos o del sistema vascular, generada directamente por la exposición a un riesgo específico que exista o haya existido en el lugar de trabajo. Independientemente de la presencia de patologías preexistentes, dicha alteración podrá ser considerada como una enfermedad profesional.

Dicha alteración también podrá ser considerada como enfermedad profesional, si el trabajador tiene una historia ocupacional que demuestra exposición previa suficiente, aun cuando en la entidad empleadora en la que actualmente se desempeña, no se encuentre expuesto.


Patología músculo esquelética producto de un accidente del trabajo

Corresponde a la sintomatología o afección músculo esquelética aguda secundaria a un evento puntual de sobrecarga biomecánica en el trabajo.



2. Patologías a las que aplica este protocolo

Este protocolo regula la calificación de las patologías músculo-esqueléticas de extremidad superior (MEES), que comprometan los siguientes segmentos:


Dedos en Gatillo, Tendinitis de extensores de la muñeca y mano, y de flexores de la muñeca y mano, Tenosinovitis De Quervain, Síndrome del túnel Carpiano, Epitrocleitis, Epicondilitis, Tendinitis del manguito de los rotadores, Tendinitis Bicipital y Bursitis Subacromial.


En caso de diagnosticarse alguna de las enfermedades señaladas en la tabla precedente, éstas deberán ser consignadas como diagnóstico principal, al menos con las glosas descritas, sin perjuicio de complementarse con especificaciones o diagnósticos secundarios. Para fines de análisis, los organismos administradores deberán ser rigurosos en el establecimiento de estos diagnósticos y su posterior codificación.




PATOLOGÍAS

De acuerdo a lo anteriormente expuesto, te daremos algunas referencias de estas patologías: la causa y los síntomas de cada uno para que estés atento a si alguno de tus trabajadores presenta uno de estos síntomas, recuerda que cada tipo de tarea laboral tiene factores de riesgo particulares, y de acuerdo a eso, es lo que a largo plazo producirá o desarrollará, acá lo importante, es saber cuáles son estos factores de riesgo, para poder tomar acción y realizar, adecuar, sumar y/o promover momentos y actividades de prevención.

Dicho esto, acá te presentamos los diagnósticos recién nombrados:



Dedos en Gatillo

Conocida como tenosinovitis estenosante, el dedo en gatillo es una patología que afecta las estructuras involucradas en la flexión de los dedos de la mano, haciendo que estos no puedan moverse con normalidad en su rango completo. Los tendones de los dedos pasan por dentro de unas poleas, especies de cinturones, y cuando estos se inflaman, dificultan el paso y deslizamiento del tendón a través de este túnel, que termina inflamándose más, llegando a atraparse en la polea. Así, el dedo queda bloqueado en una posición de flexión, que da la sensación característica de resalte o “gatillo” al desbloquearse y lograr estirarse nuevamente.

Síntomas

Si bien es una enfermedad benigna, genera dolor y dificultad en el uso de la mano. En cuadros leves e iniciales, solo hay inflamación y una infiltración local con corticoides puede ser el tratamiento de elección para desinflamar la zona, sin embargo, igual pueden reaparecer los síntomas al cabo de algunos meses. En casos más avanzados, donde ya se han establecido elementos estructurales más que inflamatorios, puede requerirse una cirugía, la que suele ser definitiva. El procedimiento quirúrgico consiste en realizar una pequeña incisión en la base del dedo afectado para abrir la polea comprometida y así el tendón se libera y vuelve a deslizarse sin problemas. Suele realizarse en forma ambulatoria y habitualmente al cabo de unas tres semanas se pueden retomar las actividades con normalidad, incluso las deportivas



Tendinitis o tenosinovitis de extensores de la muñeca y mano

Es una patología frecuente en personas cuya actividad laboral implique movimientos repetidos de mano y muñeca como en el caso de los peluqueros, camareros, cajeros, oficinistas, etc. Esta patología se caracteriza por la inflamación de la vaina que recubre los tendones por el sobreuso de la articulación de la muñeca y la mano.

Síntomas

La principal característica de esta lesión es el dolor y la inflamación de la cara dorsal de la muñeca, debido a la inflamación de la vaina que recubre los tendones; El paciente refiere dolor al realizar movimientos con la muñeca como coger un objeto, girar la muñeca o escribir en una pizarra; y/o Sensación de rigidez al realizar movimientos con la muñeca, además del dolor incapacitante para realizar las actividades de la vida diaria.



Tendinitis o tenosinovitis de flexores de la muñeca y mano

La lesión de los tendones flexores de la mano se deben principalmente por heridas profundas causadas por un cuchillo o vidrio, también por un tirón repentino que origina una ruptura parcial o total del tendón, un ejemplo es en el caso de los futbolistas específicamente los porteros, que al tratar de agarrar el balón este escapa de las manos llevando los dedos en hiperextensión. Ocasionando, deficiencias de las estructuras corporales, limitaciones en la actividad.

Síntomas

Las principales manifestaciones son: Dolor al mover la muñeca y sensibilidad en las zonas alrededor del tendón; Dolor intenso al realizar un determinado movimiento; Malestar durante los periodos de descanso, sobre todo por la noche; y Hormigueo de la zona.



Tenosinovitis De Quervain

Es una inflamación de los tejidos que rodean los tendones que extienden el pulgar y se ubican en el dorso de la muñeca. Esta condición se produce porque los tendones extensores se organizan en compartimientos que los mantienen en su posición. Estos compartimientos pueden engrosarse y aumentar la fricción del tendón al moverse, produciendo inflamación y dolor.

Síntomas

Dolor al mover la muñeca y el pulgar. El dolor es mayor cuando se hace fuerza con el pulgar y la mano, o al tocar directamente el trayecto de los tendones. Otros síntomas incluyen rigidez al mover el pulgar, aumento de volumen y crepito. Las actividades repetitivas de fuerza con la mano y pulgar predisponen a esta condición. Es muy común en madres de niños pequeños que deben levantarlos frecuentemente. También se ve en personas que caminan con bastones o deportistas que usan raquetas.



Síndrome del túnel Carpiano

Ocurre por la presión sobre el nervio mediano, el nervio mediano proporciona sensibilidad y movimiento a la "región palmar" de la mano (palma de la mano, dedo pulgar, dedo índice, dedo medio y lado palmar del dedo anular). El área en la muñeca por donde el nervio ingresa a la mano se llama túnel carpiano. Dicho túnel normalmente es estrecho, de manera que cualquier inflamación puede comprimir el nervio.

Síntomas

Entumecimiento u hormigueo en el pulgar y en los dos o tres dedos siguientes en una o ambas manos; Entumecimiento u hormigueo en la palma de la mano; Dolor que se irradia hasta el codo; Dolor en la mano o en la muñeca en una o en ambas manos; Problemas con los movimientos finos de los dedos (coordinación) en una o ambas manos; Atrofia del músculo por debajo del pulgar (en casos avanzados o prolongados); Agarre débil o dificultad para cargar bolsas (es una queja e imposibilidad de hacer la pinza); y Debilidad en una o ambas manos.



Epitrocleitis

La epitrocleitis, epicondilitis medial o “codo de golfista”, es una patología que se caracteriza por un dolor en la cara interna del codo, sobre la epitróclea (prominencia ósea en la región interna del extremo distal del húmero), debido al sobreuso o estrés repetitivo de la inserción muscular en esta zona. La epitróclea es el origen común del grupo muscular encargado de flectar la muñeca y los dedos y de pronar el antebrazo (dejar la palma de la mano mirando hacia abajo). En esta zona se produciría la lesión. Sin embargo, el resto del grupo muscular también podría verse afectado. La causa principal del codo de golfista sería el sobreuso o estrés repetitivo en esta región músculo-tendinosa, en la cual se iniciaría un proceso inflamatorio que evolucionaría a una degeneración tendinosa, caracterizada por micro roturas tendíneas y una respuesta reparativa fallida. Esta patología se ha asociado a actividades repetitivas que involucran flexión de muñeca y pronación del antebrazo.

Síntomas

Los pacientes refieren dolor en la región interna del codo, el cual empeora al realizar flexión de muñeca y pronación del antebrazo contra una resistencia. En ocasiones, el dolor puede irradiarse a esa zona y cuando existe dolor crónico, se puede agregar debilidad al empuñar la mano u objetos.



Epicondilitis

Es una alteración de la inserción de los tendones extensores de la muñeca en el epicóndilo (de ahí el nombre, epicondilitis), una estructura en el extremo distal del húmero. La causa principal es el desgaste y proceso degenerativo que sufren los tendones. La sobrecarga del tendón en su llegada al hueso y en su unión al músculo produce dolor. Normalmente, las actividades repetitivas con extensión de la muñeca o de fuerza, como levantar y agarrar objetos, producen estos síntomas. Es decir, es una lesión por esfuerzo repetitivo en el movimiento de pronación-supinación forzada (palma arriba-palma abajo), donde se inflaman los tendones de músculos de los dedos, la muñeca y antebrazo.

Síntomas

El síntoma más importante es el dolor sobre la cara lateral del codo. El dolor se asocia a movimientos de fuerza y extensión de muñeca, pudiendo irradiarse por el antebrazo y la mano. Los pacientes se sienten imposibilitados en tomar objetos con la palma de la mano mirando hacia abajo y realizar fuerza de puño. Si se continúan haciendo los movimientos causantes de la lesión, el dolor acaba siendo constante y provoca impotencia funcional.



Tendinitis del manguito de los rotadores

El manguito rotador, manguito de los rotadores o manguito rotatorio es la agrupación de músculos y tendones cuya función consiste en proporcionar estabilidad al hombro. Este conjunto de músculos conecta la escápula con la cabeza del húmero. Si los tendones del manguito rotatorio se inflaman, esto es conocido como tendinitis. Los tendones pueden quedar pellizcados contra una de las otras estructuras que componen la articulación del hombro. Esto puede ser la causa y el resultado de tendinitis.

Síntomas

Dolor y sensibilidad en el hombro (esto puede extenderse también al brazo), especialmente cuando se levanta el brazo lateralmente, se trata de alcanzar algo detrás de uno o se levanta o arrastra un peso grande; También puede generar Dolor profundo en el hombro; Perturbación de sueño por dolor nocturno, especialmente cuando uno duerme sobre el lado afectado; Dificultad al peinarse, tocarse la espalda; sensación de debilidad en el hombro; y Según el tipo de lesión, el dolor puede aparecer gradualmente (lo que es común en caso de tendinitis) o se pueden sufrir súbitas punzadas dolorosas (lo que es común si hay un desgarramiento). 



Tendinitis Bicipital

El músculo bíceps braquial situado en la cara anterior del brazo se compone de dos cabezas. La cabeza larga la más lateral y la cabeza corta más interna. El tendón de la cabeza larga situada en la corredera bicipital es el que sufre la mayoría de las lesiones. Además, esta lesión normalmente suele ir asociada a otra lesión de hombro como una lesión del manguito de los rotadores.

Síntomas

En un inicio el dolor empieza al realizar un ejercicio o algún movimiento en concreto, pero puede llegar a doler hasta en reposo; El paciente siente dolor al levantar el brazo o al flexionar el codo sobre todo si tiene un objeto pesado en la mano; y/o El paciente puede presentar sensación de debilidad e impotencia funcional al realizar las tareas del día a día como ponerse una camisa o coger un objeto de un armario alto, etc.



Bursitis Subacromial

Es la inflamación de la bursa situada debajo del acromion. La bursa es una bolsa llena de líquido sinovial que protege la articulación de fricciones permitiendo así el movimiento adecuado entre las estructuras del hombro. Esta bursa esta situada justo por debajo del acromion (prominencia ósea de la escápula) y por encima de la musculatura del manguito de los rotadores. Por lo tanto, si este espacio subacromial disminuye su tamaño, la bursa se ve comprometida y se inflama.

Síntomas

El dolor se refiere en la parte superior del hombro, pero también se puede irradiar hacia el brazo; Al realizar movimientos que requieran un levantamiento del brazo por encima de la línea del hombro; y/o El dolor limita el rango de movimiento articular del hombro dificultando acciones tan cotidianas como peinarse, ponerse una camisa o abrocharse el sujetador.




Conclusión

Como ya vimos, una enfermedad reconocida como laboral o profesional, no es cualquier dolor que se sienta al momento de ejecutar las tareas laborales, éstas deberán ser analizadas por médicos especialistas en medicina ocupacional, y este equipo deberá tener la mayor cantidad de información respecto al caso, eso quiere decir, exámenes médicos de la persona afectada, un análisis de las instalaciones y tareas que realiza en la empresa, responder cuestionarios que están diseñados para recopilar información que no se tiene a la vista, entre otras, que ayudarán a fortalecer o robustecer el fundamento del diagnóstico.


Para un emprendedor o empresario, quien ya tiene un grupo de personas trabajando con él, es importante realizar un análisis de los roles y tareas laborales que son parte de la producción, ya que dependiendo del factor de riesgo al que estén expuestos, será la gravedad de la lesión o enfermedad que desarrollen; Y NO sólo la forma o el esfuerzo de la tarea, sino que también cuenta, y mucho, los tiempos de descanso y reposo se tomen.


Otra forma de aportar a la prevención de estas enfermedades profesionales, son las capacitaciones o seminarios formativos, que se encargan de explicar a los trabajadores, los factores de riesgo a los que están expuestos y la forma de prevenirlos, de acuerdo cambios en la organización y orden de las tareas, rotación de tareas, tiempos de descanso, y sobre todo ejercicios que les sirva para preparar el cuerpo previamente al inicio de la jornada, ejercicios durante la jornada laboral y ejercicios para ejecutar después de la jornada laboral.



Saludos.





Fuentes y referencias legales

  • DS 109 1968 Ministerio de trabajo

https://www.suseso.cl/613/w3-propertyvalue-136546.html


  • Patologías

https://www.clinicauandes.cl/noticia/que-es-el-dedo-en-gatillo


https://www.fisify.com/dolor-de-muneca/tenosinovitis-extensores/

https://www.fisify.com/dolor-de-hombro/tendinitis-del-biceps/

https://www.fisify.com/dolor-de-hombro/bursitis-hombro/


https://www.efisioterapia.net/articulos/lesiones-tendones-flexores-mano


https://www.topdoctors.es/diccionario-medico/tendinitis-muneca#S%C3%ADntomas%20tendinitis%20mu%C3%B1eca


https://www.meds.cl/epitrocleitis-codo-golfista/


https://www.bupasalud.com/salud/lesiones-manguito-rotador


https://www.ucchristus.cl/blog-salud-uc/abc-de-la-salud/e/epicondilitis-o-codo-de-tenista#:~:text=La%20epicondilitis%20lateral%20de%20codo,estabilizar%20la%20mu%C3%B1eca%20y%20dedos.

https://www.ucchristus.cl/blog-salud-uc/abc-de-la-salud/s/sindrome-del-tunel-carpiano

https://www.ucchristus.cl/blog-salud-uc/abc-de-la-salud/t/tenosinovitis-de-quervain





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martes, 18 de enero de 2022

Nº19. Calificación y consecuencias de las enfermedades profesionales a los empleadores



ENFERMEDADES PROFESIONALES,
SU CALIFICACIÓN Y CONSECUENCIAS PARA EL EMPLEADOR.


Esta publicación será un gran apoyo a los emprendedores que en su cadena de producción requiere de gran esfuerzo físico en sus trabajadores. Esta información fue recopilada directamente de la página de Suseso, y está casi textual, sobre todo las citas del LIBRO III. DENUNCIA, CALIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE INCAPACIDADES PERMANENTES, que es el documento de donde proviene toda esta normativa.


Con esta información, analiza atentamente tu situación e identifica si se acerca a alguno que estés experimentando.


Comenzaremos con la Calificación de las enfermedades profesionales, centrándonos como Promover, en nuestra especialidad, los trastornos músculo-esqueléticos.


LIBRO III. DENUNCIA, CALIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE INCAPACIDADES PERMANENTES


TÍTULO III. Calificación de enfermedades profesionales


A. Protocolo General
CAPÍTULO I. Aspectos generales


CAPÍTULO II. Calificadores

(Son quienes analizan si las enfermedades o accidentes son por causa laboral)

Para determinar el origen laboral o común de las enfermedades presuntamente de origen profesional se requiere de:



Calificadores

La clasificación del problema puede ser realizada por un médico de urgencia, un Médico del Trabajo o un Comité de Calificación, en las siguientes situaciones:


1. Médico de urgencia, quien podrá efectuar la calificación en los siguientes casos:

a. Cuando la condición de salud de "emergencia o urgencia" derive de una patología común.

b. Al tratarse de patologías graves, o sea, que requieran atención médica inmediata por su sintomatología aguda.


2. Médico del Trabajo:

Quien deberá contar con todos los antecedentes reunidos en la evaluación clínica, exámenes de laboratorio, imágenes e informes de evaluación de las condiciones de trabajo y analizar la suficiencia de éstos.


3. Comité de Calificación, al que le corresponde:

Todos los casos no comprendidos en las situaciones descritas antes;

También deberán contar con todos los antecedentes reunidos en la evaluación clínica, exámenes de laboratorio, imágenes e informes de evaluación de las condiciones de trabajo y analizar la suficiencia de éstos.

Por otra parte, sólo el Comité de Calificación podrá recalificar el origen de la patología, de oficio o a petición del trabajador y/o del empleador, si existen nuevos antecedentes que permitan modificar lo resuelto.



CAPÍTULO III. Requisitos de los calificadores

De acuerdo a lo anterior, los calificadores deberán cumplir algunos requisitos:


1. Médico del Trabajo

a. Diplomado en salud ocupacional o medicina del trabajo + 5 años en un servicio de salud ocupacional o medicina del trabajo.

b. Experiencia laboral demostrada en un servicio de salud ocupacional o de medicina del trabajo, de al menos diez años.

c. Doctorado, magister, master o fellow en salud ocupacional/medicina del trabajo aprobado + experiencia laboral mínima de 3 años, en un servicio de salud ocupacional o de medicina del trabajo.

d. Acredite experiencia académica, docente y/o de investigación de, al menos 5 años, en una institución de Ed. Superior en el área de medicina del trabajo y salud ocupacional + experiencia laboral mínima de 5 años en un servicio de salud ocupacional o de medicina del trabajo.


2. Comité de Calificación

a. Conformado por, al menos, tres profesionales, dos de ellos médicos.

b. Uno de los médicos deberá poseer la calidad de Médico del Trabajo.

c. Todos los integrantes del Comité deberán contar con un curso mínimo de 40 horas sobre aspectos generales del Seguro de la Ley N°16.744 y conceptos de salud ocupacional.




CAPÍTULO IV. Proceso de calificación

Acá se explica el recorrido burocrático que corresponde, para hacer una DIEP (Denuncia individual de enfermedad profesional), que es la forma en cómo debe iniciarse este proceso, que es cuando un trabajador presenta molestias y dolores e incluso un accidente que pueden o no tener relación con el trabajo.


1. Inicio del proceso

Inicia con la presentación de una DIEP (Denuncia individual de enfermedad profesional), por parte del empleador, trabajador o cualquier persona que haya tenido conocimiento de los hechos. Si la DIEP no es presentada por el empleador, el organismo administrador deberá notificarle el ingreso de la denuncia.

Si mediante exámenes o evaluaciones médicas, se pesquisan en un trabajador alteraciones que hagan sospechar la presencia de una enfermedad profesional, el organismo administrador deberá notificar de ello al empleador, quien deberá realizar la respectiva DIEP para iniciar el proceso de calificación. En caso que el empleador no presente la DIEP en un plazo de 72 horas, el organismo administrador deberá someter al trabajador a los exámenes que correspondan para estudiar la eventual existencia de una enfermedad profesional.


2. Evaluación clínica por sospecha de enfermedad profesional

Corresponde a la prestación otorgada por un médico evaluador quien, mediante la anamnesis, el examen físico y estudios complementarios, establece un diagnóstico.

El organismo administrador o administrador delegado deberá someter al trabajador a la evaluación clínica, dentro del plazo máximo de 7 días corridos, contado desde la presentación de la DIEP, excepto en los casos calificados por el médico de urgencia, conforme a lo señalado en el número 1. Inicio del proceso.

Dicho profesional deberá solicitar la evaluación de las condiciones de trabajo que corresponda y derivar el caso al Comité de Calificación, con la finalidad de determinar adecuadamente el origen común o laboral de la afección.

Tratándose de enfermedades musculo esqueléticas, que no se encuentren especificadas en el Protocolo de patologías músculo esqueléticas de extremidad superior (MEES), la evaluación clínica deberá contener los elementos mínimos establecidos en el Anexo N°12 'Ficha de evaluación clínica de patología musculoesquelética' a través del 'Documento electrónico de evaluación médica inicial en enfermedad músculo-esquelética'.


3. Derivación por el médico evaluador al Médico del Trabajo al suceder en las siguientes situaciones:

a. Si se diagnostica una enfermedad no contemplada en el artículo 19 del D.S. Nº109, de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, y se confirma la ausencia de diagnósticos diferenciales que potencialmente sean de origen laboral.

b. Si el organismo administrador verifica que no existe exposición al agente causal, mediante una evaluación de las condiciones de trabajo, realizada dentro de los últimos 6 meses previos a la presentación de la DIEP o dentro de los períodos establecidos en los protocolos de vigilancia del Ministerio de Salud, para los agentes que cuenten con ello.

c. Si se diagnostica una enfermedad contemplada en el artículo 19 del D.S. Nº109 de 1968, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que mediante una adecuada anamnesis impresiona como de origen laboral.

No obstante, cuando la evaluación clínica sea realizada por un Médico del Trabajo, éste podrá efectuar directamente la calificación, sin necesidad derivar el caso a otro médico.


4. Evaluación de condiciones de trabajo

Tiene por objetivo determinar si existe exposición a agentes de riesgo en el lugar de trabajo.

Dentro de éstas se encuentran el estudio de puesto de trabajo, las evaluaciones de riesgos físicos, químicos, biológicos, ergonómicos y psicosociales puntuales o en el contexto de protocolos de vigilancia elaborados por el Ministerio de Salud, la historia ocupacional y los demás antecedentes que sirvan como fuente de información para la calificación.

a. Estudio de puesto de trabajo (EPT)

Consiste en el análisis detallado, mediante la observación en terreno, de las características y condiciones ambientales en que un trabajador en particular se desempeña y de las actividades, tareas u operaciones que realiza. Este instrumento tiene por objetivo identificar la presencia de factores de riesgo específicos condicionantes de la patología en estudio.

b. Evaluaciones de riesgos

Corresponde a la realización de mediciones representativas y confiables, cualitativas o cuantitativas, de la presencia de agentes de riesgo químico, físico, biológico, condiciones ergonómicas o psicosociales existentes en el ambiente de trabajo donde se desempeña el trabajador evaluado.

c. Historia Ocupacional

Es el instrumento en el que se registra cronológicamente la información de las empresas y puestos de trabajo en las que se ha desempeñado y/o se desempeña el trabajador, los agentes de riesgos a los que ha estado expuesto y sus niveles de exposición, entre otros.


Esta fase comienza con una entrevista médica o anamnesis realizada a un trabajador que presenta una posible enfermedad profesional, en la que se indaga acerca de los antecedentes ocupacionales remotos o actuales, esta entrevista puede entregar información que permita identificar los agentes de riesgo presentes en el lugar de trabajo. Considerando los antecedentes aportados por el trabajador en dicha anamnesis, deberá solicitarse al equipo o área de prevención de riesgos la confección de la historia ocupacional en aquellos casos en que ésta sea necesaria para la calificación del origen de la enfermedad.

En caso de patología osteomuscular de extremidad superior y/o de origen mental, el médico evaluador o el Médico del Trabajo deberá determinar la necesidad de contar con la historia ocupacional para la calificación del origen de la patología y requerirla.

La exposición a un determinado agente de riesgo será verificada por el área de prevención de riesgos profesionales, que aportará los antecedentes técnicos incluyendo evaluaciones ambientales presentes en el o en los lugares de trabajo donde se desempeñó el trabajador. En caso de no existir evaluaciones ambientales vigentes para el puesto de trabajo actual, el organismo administrador deberá realizar las evaluaciones ambientales para definir si existe o no exposición al agente de riesgo por el cual se está evaluando al trabajador.

En caso de no existir evaluaciones ambientales históricas, se considerará la opción de registro a juicio de experto mediante la entrevista, donde la información recopilada permitirá definir presencia de agentes de riesgos y/o exposición en la(s) tarea(s) que realizaba el trabajador en evaluación. Por lo tanto, la historia ocupacional se elabora en base a una entrevista personal con el trabajador y con los resultados del estudio del o de los puestos de trabajo y de las evaluaciones ambientales disponibles y aquellas que sea necesario realizar para evaluar la exposición.

Se debe realizar una historia ocupacional por cada agente de riesgo que pudiera originar la enfermedad en estudio. La información registrada en la historia ocupacional deberá ser remitida a la empresa donde el trabajador se encuentra contratado al momento de la evaluación o a la última empresa en donde prestó servicios. La empresa notificada dispondrá de 5 días hábiles, a contar del día siguiente a la notificación del organismo administrador, para aportar información adicional o efectuar correcciones. De no haber respuesta en el plazo mencionado, se considerará como aceptada.

En caso de nuevos antecedentes aportados por la(s) empresa(s) que recibe la historia ocupacional para revisión de información, éstos deberán ser respaldados con las pruebas o antecedentes que den cuenta de lo referido.


5. Resolución de calificación

El pronunciamiento del médico de urgencia, del Médico del Trabajo o del Comité de Calificación, deberá formalizarse mediante la emisión de una Resolución de Calificación del origen de los accidentes y enfermedades. Ley N°16.744 (RECA). Dicha resolución, en su versión impresa, deberá ser notificada al trabajador evaluado y a su entidad empleadora, dentro de los 5 días hábiles siguientes a su emisión.

Se entenderá por fundamento de la calificación la expresión de un juicio experto que considere todos los elementos evaluados y que, en forma consistente con dichos elementos, concluya en la declaración de origen laboral o común de la enfermedad evaluada. El documento de los fundamentos de calificación deberá ser enviado a la Superintendencia de Seguridad Social mediante el "Documento electrónico de los fundamentos de la calificación de la enfermedad".


6. Situaciones especiales

En el caso de los trabajadores dependientes, si el empleador se opone injustificadamente a la realización de las evaluaciones de las condiciones de trabajo o no acusa recibo de las citaciones, se le deberá prescribir que dentro de un plazo no superior a 5 días hábiles, contados desde la notificación de esa prescripción, otorgue las facilidades necesarias para la realización del estudio o evaluación del puesto de trabajo. Si al término de ese plazo el empleador persiste en su negativa, el caso deberá ser calificado como "enfermedad profesional" (tipo 3) o "enfermedad laboral sin incapacidad temporal o permanente" (tipo 5), según corresponda, consignándose en el campo "indicaciones" de la resolución de calificación de origen de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales (RECA) la siguiente observación: "Calificación realizada con antecedentes parciales por obstaculización de la entidad empleadora a la realización de la evaluación de las condiciones de trabajo". Además, se deberá recargar, en forma inmediata, su tasa de cotización adicional diferenciada por un período de 3 meses, dictando al efecto una resolución conforme a lo instruido en la letra d), número 2, Capítulo IV, Letra B, Título II, del Libro II.

Si dentro de los 90 días hábiles siguientes a la notificación de la RECA, la entidad empleadora solicita a su organismo administrador reconsiderar la calificación laboral de la enfermedad, dicha solicitud solo podrá ser admitida a trámite en la medida que manifieste su consentimiento para la realización del estudio de puesto de trabajo. Cumplida esa condición el organismo administrador deberá realizar el estudio de puesto de trabajo y con el mérito de sus resultados, acoger o rechazar la reconsideración. En el mismo supuesto, se deberá rebajar a 2 meses la aplicación del recargo, por haber cesado la causa que le dio origen.

Sin perjuicio de lo anterior, el organismo administrador deberá informar sobre la negativa del empleador, a la Inspección del Trabajo y/o a la Autoridad Sanitaria competente, mediante el formulario contenido en el Anexo N°10 "Informa rechazo de la entidades empleadora a facilitar información", de este Título III. Cuando la sintomatología del trabajador no pueda atribuirse a una enfermedad específica, la dolencia deberá ser calificada como tipo 12: "No se detecta enfermedad" y en el campo diagnóstico deberá consignarse: "Sin diagnóstico establecido luego de proceso de evaluación" y registrarse con el código CIE-10 "Z71.1."

No obstante, no podrá utilizarse la calificación tipo 12: "No se detecta enfermedad", cuando se hubiere prescrito reposo laboral.


7. Derivación a régimen de salud común

Si se determina que la enfermedad es de origen común, el trabajador evaluado deberá ser citado para ser notificado que debe continuar su tratamiento en su régimen previsional de salud común (FONASA o ISAPRE), y si no se presenta a dicha citación, deberá ser notificado por carta certificada.


8. Cambio de puesto de trabajo y/o readecuación de las condiciones de trabajo

En caso que la enfermedad sea calificada como de origen laboral, en el campo "indicaciones" de la respectiva RECA, se deberá señalar la obligación del empleador de cambiar al trabajador de puesto de trabajo o de readecuar dicho puesto, con la finalidad de cesar la exposición al agente causante de la enfermedad profesional.

Para la correcta implementación del cambio de puesto de trabajo o de su readecuación, en el campo "indicaciones" se deberá precisar cuál es el riesgo o agente presente en el puesto de trabajo, que causa la enfermedad profesional.

Adicionalmente, el organismo administrador deberá prescribir a la entidad empleadora las medidas correctivas específicas dirigidas a controlar el riesgo del agente que dio origen a la enfermedad profesional, de acuerdo a lo instruido en el Capítulo I, Letra G. Prescripción de medidas de control, del Título II, del Libro IV. Prestaciones Preventivas.

El organismo administrador deberá prescribir las medidas dentro del plazo máximo de 15 días hábiles contado desde la fecha de la calificación. Conjuntamente, deberá fijar a la entidad empleadora un plazo para el cumplimiento de las medidas prescritas, el que no podrá ser superior a 90 días corridos. Excepcionalmente, el organismo administrador podrá fijar un plazo mayor, cuando por razones justificadas el empleador no pueda implementar las medidas dentro del plazo máximo de 90 días. Las razones que justifican ese mayor plazo, deberán ser precisadas en el informe de la prescripción de medidas y registradas en el campo "Descripción de la Medida Prescrita" del documento electrónico del Anexo N°13 "Prescripción de medidas", de la Letra H. Anexos, del Título I, del Libro IX. Sistemas de información. Informes y Reportes.

Dentro de los diez días hábiles siguientes al vencimiento del plazo fijado para la implementación de las medidas, el organismo administrador deberá verificar que la entidad empleadora les haya dado cumplimiento. En caso que el organismo administrador haya prescrito a la entidad empleadora más de una medida correctiva, con plazos de implementación distintos, el plazo establecido en el párrafo anterior, se contará desde el vencimiento del plazo mayor.

Si el empleador no ha implementado las medidas prescritas, el organismo administrador deberá aplicar el recargo establecido en el artículo 16 de la Ley° 16.744, en relación con el artículo 15 del D.S. N°67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, en la oportunidad y bajo las condiciones que establece el número 8 del Capítulo I, Letra G, Título II, del Libro IV e informar la situación de riesgo para la salud de los trabajadores a la Inspección del Trabajo y/o a la SEREMI de Salud que corresponda.

La circunstancia de encontrarse pendiente de resolución una reclamación interpuesta por la entidad empleadora para revertir la calificación de una enfermedad como de origen profesional, no lo exonerará de la obligación de implementar en tiempo y forma las medidas que su organismo administrador le hubiere prescrito y los protocolos de vigilancia que sean aplicables.

Los organismos administradores deberán informar a la Superintendencia de Seguridad Social las medidas prescritas, el resultado de la verificación de su cumplimiento, y cuando proceda, la notificación a la autoridad y el recargo de la tasa de cotización adicional, mediante la remisión de los documentos electrónicos del Anexo N°13 "Prescripción de medidas", Anexo N°14 "Verificación de medidas", Anexo N°15 "Notificación a la autoridad" y Anexo N°56 "Recargo de la tasa de cotización adicional", de acuerdo a lo instruido en el Capítulo VIII. Prescripción de Medidas, Verificación de Medidas y Notificación a la Autoridad para los casos de enfermedades profesionales (RECA tipo 3 y 5), de la Letra B, del Título I, del Libro IX. Sistemas de información. Informes y reportes.


9. Incorporación a programas de vigilancia epidemiológica

Siempre que se diagnostique a un trabajador una enfermedad profesional, el organismo administrador o administrador delegado deberá incorporar a la entidad empleadora o centro de trabajo, según corresponda, a sus programas de vigilancia epidemiológica.

Se deberá brindar especial atención a los trabajadores que forman parte del grupo de exposición similar - sea éste por el nivel de riesgo al que están expuestos, las tareas que desempeñan o la unidad organizacional a la que pertenecen-, con la finalidad de realizar la pesquisa activa de casos. Para dicho efecto, se deberán aplicar los protocolos de programas de vigilancia establecidos por el Ministerio de Salud para el o los agentes de que se trate.


10. Auditoría del proceso de calificación

Será responsabilidad del directorio de cada mutualidad y del Director Nacional del Instituto de Seguridad Laboral, la realización de una auditoría interna anual al proceso de calificación de las enfermedades profesionales, respecto de los casos ingresados con DIEP durante el año calendario respectivo. En dicha auditoría se deberá verificar el cumplimiento de las instrucciones contenidas en el Título III. Calificación de enfermedades profesionales, del Libro III. Denuncia, calificación y evaluación de incapacidades permanentes.

Esta auditoría deberá ser incorporada al Plan Anual de Auditoría a partir del año 2020, de cada organismo administrador y su informe deberá ser remitido a la Superintendencia de Seguridad Social, conforme a lo instruido en la Letra F. Plan anual de auditorías, del Título II, del Libro VII. Aspectos Operacionales y Administrativos.


11. Prescripción de medidas al trabajador independiente

Cuando la enfermedad diagnosticada al trabajador independiente sea calificada como de origen laboral, el organismo administrador deberá prescribir las medidas correctivas específicas dirigidas a controlar el riesgo del agente que dio origen a la enfermedad profesional.

En estos casos, el organismo administrador no tendrá la obligación de efectuar la verificación indicada en el penúltimo párrafo del número 8 anterior.




B. Protocolo de patologías músculo esqueléticas de extremidad superior (MEES)



CAPÍTULO I. Aspectos Generales

Conforme a lo establecido en el Decreto Supremo Nº109, de 1968, del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, se consideran como enfermedad profesional, las lesiones de los órganos del movimiento, incluyendo trastornos de la circulación y sensibilidad, así como lesiones del sistema nervioso periférico, causadas de manera directa por agentes de riesgo específicos tales como, movimiento, vibración, fricción y compresión continuos, a los que se ve expuesto el trabajador en el desempeño de su quehacer laboral. Dicho decreto establece además que estas enfermedades pueden causar incapacidad temporal o incapacidad permanente.


1. Definiciones operacionales

Patología músculo esquelética como consecuencia de exposición a agentes de riesgo.

Corresponde a una alteración de las unidades músculo-tendinosas, de los nervios periféricos o del sistema vascular, generada directamente por la exposición a un riesgo específico que exista o haya existido en el lugar de trabajo.


2. Calificación a partir de un caso centinela

El siguiente procedimiento aplicará a una denuncia en una entidad empleadora, donde previamente se haya calificado una enfermedad como de origen laboral (caso centinela) para un mismo puesto de trabajo, siempre que dicha denuncia trate sobre la misma dolencia y sea producto de las mismas condiciones de trabajo (grupo de exposición similar), que fueron evaluadas para el caso centinela.

Se deberá realizar una evaluación clínica por parte del médico evaluador, según lo establecido en los protocolos específicos, si correspondiere, o según la Lex Artis Médica, si no estuviese definido, a modo de confirmar el diagnóstico. Estos casos podrán calificarse utilizando la evaluación de condiciones de trabajo del caso centinela, siempre que dichas condiciones no hubiesen variado, lo cual debe corroborarse.

En todos estos casos el Médico del Trabajo deberá dejar registrado en el campo "Indicaciones" de la RECA la siguiente glosa:

"Calificación a partir de caso centinela".



CONCLUSIÓN

Con todo lo recopilado y resumido aquí, tenemos mucha información importante y primordial, para las empresas y emprendimientos que utilicen los servicios de trabajadores, en cualquier área o rol administrativo o productivo. Como hemos dicho anteriormente en otras publicaciones, cualquier tipo de actividad que se realice como tarea laboral, tiene asociado un esfuerzo físico músculo-articular, y como ya sabemos, algunos son más intensos que otros.


Lo importante y que hay que tener presente, es que, nosotros como empleadores, tenemos la obligación de promover una cultura laboral saludable, es decir, adecuar todo lo que sea posible como empresa, para que los trabajadores no se expongan gravemente a factores de riesgo que lleguen a generar una enfermedad profesional.


Y como esta descrito en este documento, las empresas que reciban como resolución de calificación de una lesión en un trabajador como "ENFERMEDAD PROFESIONAL", deberá primero, resolver todas las medidas correctivas específicas que el organismo administrador haya dispuesto para controlar el riesgo a o los agentes que dio/dieron origen a la patología descrita, en el tiempo que corresponda; Que de NO SER RESUELTA, la tasa de cotización adicional diferenciada por concepto del Seguro de la Ley N°16.744 y conceptos de salud ocupacional será aumentada en su COSTO, además habrán constantes evaluaciones de seguimiento por auditorías debido a tener factores de riesgo graves en los puestos de trabajo y por supuesto, que al seguir con los factores de riesgos graves y no resolverlos, generará más casos de enfermedades, por lo tanto, más baja en la producción y una obvia rotación de trabajadores, debido a la carga en las tareas laborales.


Por esto, ten presente que TODOS los trabajadores realizan algún esfuerzo físico y la tarea nuestra es cuidar que ese esfuerzo NO SE VUELVA NEGATIVO, por lo que te invito a que evalúes los puestos de trabajo y sus respectivas tareas, para que puedas PREVENIR y PROMOVER una CULTURA LABORAL SALUDABLE en TU EMPRESA.



SALUDOS.




Fuentes.

Suseso.cl

https://www.suseso.cl/613/w3-propertyvalue-136474.html






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martes, 11 de enero de 2022

Nº18. Recuperación de las lesiones laborales

 

www.promover.cl Puede uno mejorarse de las lesiones laborales?

¿SE PUEDE MEJORAR O RECUPERAR DE LAS LESIONES LABORALES?

Todas las lesiones importantes que tengamos en nuestra vida, dejarán alguna cicatriz, aunque no se sientan o no las veamos; estas cicatrices, aunque hayan mejorado, la estructura dañada y nuestro cerebro, lo recordarán y la tendrán presente por un largo tiempo, y es por esto que, deportistas y músicos, al sufrir una lesión, luego de su descanso o reposo correspondiente, para luego volver a la actividad, el cerebro y la articulación siguen con la sensación de dolor o molestia, el que después de un tiempo se olvida, lo interesante de esto, es que al momento de realizar una actividad, que sea igual o muy parecida a la del momento de la lesión, nuestro cuerpo automáticamente lo recuerda y puede evitar hacer el movimiento, o hacerlo a menos intensidad por miedo a sentir dolor.




Cuando una persona, después de mucho tiempo realizando una misma actividad, genera un dolor o lesión, es porque esa parte del cuerpo, ya esta fatigada, forzada y sobre exigida, es decir que, se esforzó físicamente tanto, que la acumulación de estrés diario, terminó por desatar el problema, no sólo como molestia, sino que directamente como lesión.




La forma de tratar una lesión, es muy diferente a lo que se realizaría en una actividad preventiva; al ser lesión, debe hacerse un trabajo más intenso, preciso, especializado y con los tiempos adecuados para la recuperación. Normalmente las lesiones laborales, son inflamaciones de los tendones (tendinitis) y fatigas por sobreesfuerzos, por lo que se debe, principalmente descansar, elongar y realizar tratamientos con vibraciones y temperaturas, pero dependiendo de la lesión, se necesitará frío o calor o luz infrarroja, etc., y según lo que el kinesiólogo determine, ya que es él, el que tratará la lesión, es decir, que desde el momento en que la persona es diagnosticada con una lesión, el trabajo recuperatorio, es hecho por un especialista, quién si así lo estima, emitirá una licencia médica al trabajador, por lo que, la empresa perderá mano de obra, generando en los demás trabajadores mayor carga de trabajo, lo que sumará el grado de factor de riesgo en ellos.


Lesion, dolor o enfermedad laboral


Toda actividad preventiva, se realiza ANTES que sucedan las situaciones en conflicto, y aunque sea obvio, hacer algo preventivo, es evitar que suceda tal o cual situación, pero, NO es evitar hacer cosas para que esas situaciones no sucedan, si no que todo lo contrario ¡¡¡mejorar las cosas que hacemos!!!; Si las actividades o tareas laborales, demandan movimientos y energía importante, es necesario analizar los puntos críticos o factores de riesgo que llevarán en el tiempo a una lesión musculoesquelética.




Características personales.

Cada persona tiene características diferentes, como: la estatura, peso, si se es diestro o zurdo, el género, edad o quizás alguna discapacidad física, puede ser también el mayor o menor desarrollo de las capacidades físicas, el estilo de vida, la salud, el estado anímico, si le gusta o no el trabajo, y un gigantesco etc...; Todas estas características influirán en el desarrollo de alguna lesión futura, y de la misma forma, si la persona ya esta lesionada, cada una de estas características serán tomadas en cuenta para su recuperación.


Lesión de rodilla



Por esta razón es importante que se tomen medidas preventivas, y en primer lugar que los implementos de trabajo sean ergonómicos, es decir, adecuados a las características físicas de cada trabajador, para que las articulaciones adopten posiciones neutras, donde no existan esfuerzos compensatorios o forzados al ejecutar las tareas laborales; También es importante el rango de peso de las herramientas y productos que desplaza o mueve cada persona, ya que eso tiene directa relación con el factor de riesgo de la tarea a realizar.




Conclusión

Entonces tenemos que cada lesión, aunque sea la misma lesión en diferentes personas, la recuperación y tratamiento debe ser personalizada, de acuerdo a las diferencias individuales y los más importante, es que, un especialista en traumatismos músculo esqueléticos será el encargado de tratar a la persona afectada, según las características de la lesión y el tipo de trabajo que realice.



Si quisiéramos gestionar un trabajo preventivo, y queremos hacerlo en forma específica, por supuesto que las diferencias individuales son importantes, pero también puede hacerse a modo general, es decir, que pueden tomarse en cuenta los puntos en común de las tareas y puestos de trabajo, con el objetivo de desarrollar actividades que sirvan para todos, en forma grupal



Por lo que, si colocamos en la balanza, el prevenir y el tratamiento sobre alguna lesión física laboral, conviene estar del lado de la PREVENCIÓN por diferentes razones:


Prevención v/s Tratamiento por lesión


Y entre muchas otras variables; Si, si se puede recuperar la salud sobre una lesión laboral, aunque dependiendo de la gravedad, los factores de riesgo involucrados y el tiempo de demora en el tratamiento, puede que esa lesión, no pueda recuperarse totalmente, si disminuirá la dolencia, pero si se estuvo con la dolencia por mucho tiempo e igualmente se siguió realizando las tareas laborales, ese dolor y posterior lesión, puede pasar a ser crónico, es decir, que esa ya denominada enfermedad laboral, permanecerá presente en cada situación donde se esfuerce la articulación lesionada.



Por eso es tan importante la prevención, ya que cada cosa que se haga con el objetivo de evitar los traumatismos músculo esqueléticos, como: capacitaciones, que enseñan a las personas sobre lo factores de riesgo a los que están expuestos, formas de evitar sobreesfuerzos y malas posiciones, y ejercicios que ayuden a preparar y relajar las articulaciones y músculos para antes o después de las jornadas laborales; También están las pausas laborales o gimnasia de pausa, que son actividades que se realizan durante la jornada laboral a todos los trabajadores, a modo de preparación del cuerpo para el esfuerzo que realizaran durante el día, estas pueden ser grupales, por sección, por equipos, parejas, etc., dependerá de la cantidad de personas que participen y el lugar en el que se realizará la actividad, esto puede ser de modo recreativo o competitivo; Y también están las actividades o eventos recreativos deportivos, que se hacen fuera de la jornada laboral, esta actividad tiene por objetivo, generar lazos sociales entre los trabajadores, generar identidad positiva hacia la empresa y por supuesto, distracción, alegría, distención y camaradería en las personas que participan al interior de la empresa.


Saludos.

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martes, 4 de enero de 2022

Nº17. Prevención de las enfermedades profesionales en músicos

 

Prevención de lesiones músculo esqueléticas en músicos


PREVENCIÓN DE LESIONES LABORALES Y LA MÚSICA


Como siempre estamos mencionando en este blog, TODA actividad tiene un esfuerzo particular; Si la actividad que realizas tiene poco movimiento, como un guardia de seguridad, que está la mayor parte del tiempo en un mismo lugar y de pie, o como el personaje principal en esta publicación, un músico, que dependiendo del instrumento al que se dedique, usa partes del cuerpo que esfuerza más que otras, sumando horas de prácticas o ensayos, lo normal sería que en algún momento de su carrera desarrolle molestias articulares y musculares debido a la acumulación de estrés en las articulaciones que más esfuerzo hacen.



Cada instrumento es un mundo, requiere habilidades específicas y posiciones articulares y posturales diferentes según la parte del cuerpo que se utilice, y por supuesto que hay un mundo aún más específico, debido a que el músico es un caso particular, no todos miden lo mismo, pueden ser diestros o zurdos, la fuerza que tengan tampoco será la misma, y aunque generalmente el instrumento mide lo mismo, pesa lo mismo y se toca igual, cada instrumentista deberá adoptar posiciones diferentes y esfuerzos diferentes aunque ejecuten el mismo instrumento.



El estilo de vida de cada uno, influirá también en el esfuerzo que cada uno percibirá y realizará, ya que, en términos generales, quien tenga un estilo de vida activo o realice actividad física regularmente, tendrá una más desarrollada condición física, es decir, mejor desarrollo en fuerza, resistencia, flexibilidad, velocidad y equilibrio, a diferencia de quién también sea músico, pero tenga un estilo de vida sedentario o que en su vida cotidiana no realiza actividad física en forma regular, su condición física estará disminuida.



SIMILITUDES Y DIFERENCIAS

Hay un esfuerzo común entre cualquier persona que se dedique a la música, aunque el músico se dedique al saxofón, la guitarra o a la batería, ese esfuerzo que comparten es postural, cada vez que un músico ejecuta un instrumento, deben mantener una posición por el tiempo que dura esa ejecución, y ese esfuerzo postural es realizado por la musculatura del tronco, es decir, la espalda, el pecho y el abdomen; La espalda o columna vertebral trabaja completamente, desde las vértebras cervicales, que es el cuello, al mantener la cabeza en la posición adecuada; Las vértebras torácicas, que son desde donde nacen las costillas, y ayudan a mantener la espalda recta y cuerpo erecto; Y las vértebras lumbares o espalda baja, que son las que le dan el soporte al cuerpo, mientras se mantiene una posición determinada.



Hay más similitudes, pero ya no son para todos por igual, algunos ejecutan sus instrumentos sentados y otros de pie, por lo tanto, el esfuerzo en las extremidades inferiores al momento de ensayar o hacer las presentaciones artísticas será diferente entre ellos.


Músicos ejecutando un instrumento de cuerda, con posiciones de hombro y cuello forzadas


También están los que ejecutan instrumentos de viento, de cuerda, percusión y/o electrónicos, Obviamente entre quienes tocan instrumentos de familias diferentes, tendrán diferencias, por lo tanto, desde este momento, ya se abre el abanico de posibilidades de posiciones corporales, posiciones de hombros, codos, cabeza y cuello, extremidades inferiores y movimientos de los dedos de las manos -esto sólo con el propio cuerpo de la persona- Si a lo anterior agregamos, la diferencia de estaturas y el peso de cada uno, el largo de las extremidades y dedos, y obviamente como se mencionó al inicio, el estilo de vida personal y condición física  también influirá en el desempeño; Y luego tenemos la influencia de la gravedad, el peso y la forma de cada instrumento.



CUIDADOS

De acuerdo a todo lo mencionado, es que cada persona, generará esfuerzos particulares y específicos, por lo tanto, y de acuerdo a su preocupación y autocuidado, desarrollará molestias, dolores, lesiones o trastornos musculoesqueléticos (TME) que pueden ser pasajeros o que pueden llegar a ser crónicos; Por eso es importante que quien se dedique al rubro musical e instrumental, debe desarrollar hábitos de vida activa, que se complemente con su estilo de vida laboral o artístico.



Cada músico tiene itinerario diferente, siempre tendrán momentos donde ensayan y crean, acá el esfuerzo musculoesquelético, no es tan demandante, por lo que sería importante realizar actividades de fortalecimiento, pero al acercarse fechas de actividades, giras y presentaciones, la demanda física es mucho mayor, debido al poco tiempo de descanso, por eso es que, deben organizar sus tiempos para preparar su cuerpo a los esfuerzos que tendrán en los momentos de más exigencia física; Por lo tanto, cuando ya están en las fechas de mucha actividad, la preparación física debe ser de mucho estiramiento, relajo y masajes, para ir liberando el estrés y la fatiga que las articulaciones y musculatura están acumulando.



Hay que tener en cuenta, que el cuerpo y sus articulaciones tienen una estructura y movimientos que son naturales, es decir, que demandan un esfuerzo mínimo, pero los músicos al igual que los deportistas, ese mínimo esfuerzo se ve sobrepasado por las tantas horas de ensayo, ejecuciones y por las posiciones que su tronco, extremidades y dedos de las manos deben adoptar.


Músico ejecutando un instrumento con ambos hombros forzados y posición de espalda recta


CONCLUSIÓN

Por lo tanto, es de suma importancia, para ti, como músico, o si conoces a alguien que se dedique a la música, prevenir las lesiones que en el futuro pueden llegar a desarrollar, y para eso, debe partir por iniciar hábitos de vida activa para que el cuerpo tenga actividades donde genere movimiento, sobre todo las partes del cuerpo que más se necesitan al ejecutar los instrumentos; También se debe realizar ejercicios de preparación previa al ensayo o momento del acto, como un calentamiento y un estiramiento muscular, al igual que un deportista, donde involucre sus articulaciones más importantes a la hora de tocar.



Y por supuesto que realizar algún tipo de entrenamiento físico para fortalecer y no sólo para mover las articulaciones y músculos, sino que al hacer un entrenamiento físico mejorará la condición física, y por tanto, desarrollará mayor FUERZA, lo que demandará menos esfuerzo; RESISTENCIA, que ayudará a que la fatiga muscular demore más en llegar; VELOCIDAD, que ayudará a tener más agilidad en sus movimientos; FLEXIBILIDAD, con esto, los músculos, tendones y ligamentos acumularán menos estrés con el esfuerzo físico; Y el EQUILIBRIO, que ayudará a tener una mejor postura, debido a que la musculatura postural, que es la que se encuentra en la zona del tronco y central del cuerpo, se fortalece y disminuye los esfuerzos compensatorios debido a malas posiciones.



Saludos.


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39. ELONGACIÓN DE EXTREMIDADES SUPERIORES (EESS). Parte 2.

  ELONGACIONES DE LAS EXTREMIDADES SUPERIORES (EESS). Parte 2. El secreto de la prevención de los dolores musculares que tienen relación con...